
El Fondo de Garantía Salarial o como todo el mundo lo conoce, el FOGASA, es un organismo administrativo que se alimenta de una parte de la cotización de todos los trabajadores.
En este artículo veremos:
- Qué es el FOGASA.
- Cuando me pagará.
- Qué plazo tengo para solicitar el pago de la deuda.
¿Qué es?
El FOGASA es una especie de fondo económico, que se alimenta de una parte pequeña de la cotización de todos los trabajadores.
Su finalidad es poder hacer frente a una parte de las deudas que las empresas puedan generar con sus trabajadores, ya sea esta de salario o sea de indemnización.
La idea que hay detrás de ello es que el salario supone la forma de entrada de recursos básicos (alimentos, vivienda, colegio, etc) para la gran mayoría de trabajadores, por lo que para aquellos supuestos en los que exista una deuda, la finalidad es garantizar el pago de la misma.
Para ello existen unos límites que puede ver aquí. Límites de pago para FOGASA.
¿Cuándo me pagará?
El FOGASA te pagará cuando tengas créditos salariales o créditos derivados de una indemnización por despido.
Da igual que la indemnización sea de un despido objetivo o de un despido disciplinario, en ambos casos, se procederá al pago.
Para que pueda abonarte las cuantías que correspondan, necesitarás pasar por las tres partes que tiene el partido:
En primer lugar, tendrás que tener una Sentencia que te reconozca una deuda de salario o de indemnización.
En segundo lugar, cuando tengas esa deuda, tienes que tratar de cobrarla por una vía que se llama ejecutiva. Se trata de que se embargue o se intente el embargo por parte de los Juzgados.
Llegará un momento en el que la empresa no tendrá nada para pagarte esa deuda y el Juzgado la declarará en Insolvencia. Esa declaración, es la que abre la puerta para que puedas pedir el abono de los pagos que correspondan.
Entre unas cosas y otras, pasar por las tres partes es un proceso que va a tardar aproximadamente un año y medio. Más o menos.
Existe una vía alternativa y más rápida, y es que la empresa esté en concurso de acreedores. Si es así, habrá que hablar con la administración concursal que incluirá esa deuda en la masa del concurso y se podrá pedir igualmente el abono que corresponda.
¿Qué plazo tengo para que me pague?
Hay muchas personas o profesionales que no son expertos en derecho laboral y que por una razón u otra, no solicitan el pago de la deuda en el plazo que toca, con lo que te puedes llegar a encontrar con una Sentencia que te reconoce el pago de 20.000 euros y por el hecho de que se pase el plazo no puedas cobrarlo.
Ese plazo es de un año. Se dispone de un año desde que la empresa es declarada en insolvencia o desde el momento en el que la administración concursal certifica las deudas del trabajador en cuestión.
Sobre el autor:
Abogado Laboralista
Lawe Abogados Barcelona