
Perder a un ser querido es un momento terrible y tener que incorporarte al trabajo dos días después de eso, también lo es. Por eso, la regulación del permiso por fallecimiento de un familiar está a punto de cambiar.
En este artículo te contamos cómo se regula este permiso en el Estatuto de los Trabajadores y cómo es el cambio que se quiere hacer.
Nuevo permiso por fallecimiento de familiar
Actualmente, el Estatuto de los trabajadores regula en el artículo 37 que la duración del permiso por fallecimiento de un familiar hasta segundo grado es de 2 días. Los cambios que se quieren introducir en la regulación del permiso en el Estatuto de los trabajadores son los siguientes:
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Ampliar de 2 a 10 días hábiles el permiso de fallecimiento.
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Los 10 días se podrán disfrutar a lo largo de un periodo de cuatro semanas después del fallecimiento de la persona.
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Se ha planteado la regulación de un permiso para aquellas personas que acompañen a otra que reciba la eutanasia. Este permiso tendrá una duración de 15 días durante los cuales se podrá acompañar a la persona que esté en cuidados paliativos, tanto si lo recibe en el domicilio como si los recibe en el hospital. El permiso de 15 días se podrá disfrutar en dos periodos de tiempo. En estos casos también se podrá solicitar una reducción de jornada.
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El disfrute del permiso se podrá hacer de forma continuada o discontinua.
En el caso de que el familiar sea de más de segundo grado, es decir, por ejemplo, un suegro o un cuñado, el permiso continuará siendo de dos días.
Todavía está pendiente el acuerdo con sindicatos y empresas…
Lo que hemos visto es la propuesta de redacción inicial que hace el Ministerio de trabajo, pero, para reformar el Estatuto de los trabajadores es necesario alcanzar un acuerdo con los sindicatos y las empresas, por lo que la redacción final que se haga del permiso podrá variar respecto a lo que hemos visto.
Otros permisos que puedes solicitar para casos de hospitalización de un familiar
Solemos desconocer los permisos que tenemos para casos en los que necesitamos unos días libres para cuidar de un familiar. El Estatuto de los Trabajadores también regula estos casos y establece varias cosas:
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Un permiso para casos de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario.
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Se aplica cuando se trate de un cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.
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El permiso es de 5 días.
¿Qué pasa si tu empresa te deniega el permiso por fallecimiento?
Ha habido casos en los que, a pesar de cumplir los requisitos que establece la ley, que son simplemente el parentesco hasta el segundo grado y la justificación de la causa, la empresa ha denegado el permiso porque exigía requisitos adicionales.
La Audiencia Nacional ha determinado que no se pueden pedir requisitos adicionales a los que establece la ley.
En definitiva, hay que esperar a ver cuál es la redacción final del permiso según el acuerdo entre el Gobierno, los sindicatos y las empresas.
Si tienes un conflicto laboral con tu empresa y no sabes cómo solucionarlo, contacta con nosotros y te ayudaremos.
Sobre el autor:

Abogado Laboralista
Lawe Abogados Barcelona



