
Empieza la cuenta atrás para organizar tus escapadas del próximo año. Ya se ha publicado el calendario laboral 2026 de Cataluña y toca mirar el calendario con estrategia para aprovechar: puentes, festivos y vacaciones.
Festivos nacionales
Los festivos nacionales que habrá en 2026 serán 8 y se celebrarán en toda España. Son los siguientes:
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Jueves 1 de enero, Año Nuevo.
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Martes 6 de enero, Epifanía del Señor.
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Viernes 3 de abril, Viernes Santo.
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Viernes 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
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Sábado 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
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Lunes 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
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Martes 8 de diciembre, La Inmaculada Concepción.
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Viernes 25 de diciembre, Natividad del Señor.
Días festivos a nivel autonómico en Cataluña
En Cataluña los días festivos a nivel autonómico serán los siguientes:
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Lunes 6 de abril, Lunes de Pascua.
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Miércoles 24 de junio, Sant Joan.
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Viernes 11 de septiembre, «La Diada».
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Sábado 26 de diciembre, San Esteban.
Festivos en Barcelona
A nivel local se añaden dos festivos más, que en Barcelona son:
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25 de mayo, Lunes de Pascua Granada
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24 de septiembre, Mare de Déu de la Mercè
¿Qué puentes habrá en 2026?
Los puentes dependerán de cada comunidad autónoma, pero, en general, se pueden disfrutar de los siguientes:
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Semana Santa. En Cataluña irá de viernes 3 de abril a lunes 6 de abril, ambos inclusive.
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Fiesta del trabajo. El 1 de mayo es viernes por lo que se podrá aprovechar para un fin de semana largo.
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Fiesta nacional. Lo mismo ocurre con el 12 de octubre que es lunes y que da lugar a otro fin de semana largo.
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Diada En Cataluña la Diada se celebra el día 11 de septiembre que es viernes, por lo que puede haber otro puente a nivel autonómico.
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Por otro lado, el día de Navidad cae en viernes por lo que puede haber un puente largo y si se juntan unos días de vacaciones, tendremos unos días para descansar.
¿A cuántos días de vacaciones tienes derecho?
Las vacaciones a las que tienes derecho como trabajador se regulan en el convenio colectivo o en tu contrato de trabajo, pero, en ningún caso, por aplicación de lo que regula en Estatuto de los Trabajadores, pueden ser inferiores a 30 días naturales.
Los periodos en los que disfrutarás de los días de vacaciones se fijan según el acuerdo que alcanzas con el empresario y en función de lo establecido en los convenios colectivos.
Si no hay acuerdo sobre las fechas en las que se tengan que disfrutar las vacaciones se puede acudir a la jurisdicción social. La decisión que tome el juez no se podrá recurrir.
Como trabajador deberás conocer las fechas de vacaciones 2 meses antes de la fecha en las que las vayas a disfrutar.
Si las vacaciones coinciden con la incapacidad temporal por embarazo, parto o lactancia, o con el periodo de suspensión del contrato por nacimiento, guarda con fines de adopción o acogimiento, se podrán disfrutar en otra fecha dentro del año natural.
En definitiva, en el Calendario laboral Cataluña 2026 tendremos 14 días festivos repartidos a lo largo del año, algunos serán fiestas nacionales, otros autonómicas y otros locales. Conocerlos te ayudará a saber cómo organizar tus vacaciones y cuándo vas a poder descansar.
Somos Abogados expertos en derecho laboral. Si tienes conflictos con tu empresa o dudas en cuando a tu contrato o condiciones de trabajo, contacta con nosotros para que analicemos tu caso y te ayudemos a defender tus derechos como trabajador.
Sobre el autor:

Abogado Laboralista
Lawe Abogados Barcelona



