LAWE ABOGADOS BARCELONA

¿Por qué algunos trabajadores cobrarán más con el SMI en 2026?

JAVIER JAREÑO

Revisas tu nómina y ves en los medios que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha subido en 2026 a 1.221 euros al mes en 14 pagas, tu salario base está por debajo de esa cantidad y ves que la empresa lo mantiene igual. Hasta ahora lo habitual era que la empresa compensara la subida del SMI con los complementos. En 2026 esto va a cambiar: la nueva normativa sobre absorción de pluses por el SMI en 2026 no permite que se absorba la subida del SMI por determinados pluses y obliga a aumentar el salario base.

Los complementos absorbían el SMI

Con la anterior regulación se daba la siguiente situación:

Se aplicaba de forma ilimitada la compensación y absorción de las subidas del SMI, de forma que los salarios bajos permanecían igual y se dejaba sin sentido el complemento, al integrarlo en el salario, cuando los complementos se habían establecido y pactado libremente para situaciones concretas.

Es decir, el salario subía por ley, pero no en tu nómina.

Tu salario puede aumentar entre un 3,5% y un 8,5%

Con el nuevo Real Decreto algunos complementos ya no se podrán utilizar para cubrir las subidas del SMI y se considera que el salario puede aumentar entre un 3,5% y un 8,5%.

La subida concreta que tenga finalmente tu salario dependerá de varias circunstancias:

  • La fijación del SMI diario o mensual no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, sean superiores al SMI. En este sentido operan las reglas de compensación y absorción que se regulan en el nuevo Real Decreto, salvo que en el convenio colectivo aplicable se establezcan otras normas.

  • Si tu salario es igual o superior al SMI para jornada completa en cómputo anual, se entenderá compensado este con aquel. Para ello se considerarán todas las percepciones económicas que reciba el trabajador y se excluirán los siguientes complementos:

    • Los que están ligados a las condiciones en las que se presta la actividad como la nocturnidad, la toxicidad, penosidad, peligrosidad, turnicidad o disponibilidad.

    • Los ligados a características del trabajador como la antigüedad, la formación o la residencia.

    • Los que se refieran a la cantidad o calidad del trabajo y se devenguen por resultados o rendimiento: incentivos, primas de productividad o comisiones.

    • Aquellos que no sean compensables según lo establecido en los convenios colectivos.

  • No se considerarán las percepciones extrasalariales.

En definitiva, no se podrán utilizar para absorber la subida del SMI:

  • Plus de nocturnidad.

  • Plus de peligrosidad.

  • Antigüedad.

  • Incentivos o comisiones.

  • Complementos que el convenio declare no compensables.

Un ejemplo de la absorción de la subida del SMI en 2026 con complementos

Veámoslo con un caso realista: Elisa es una trabajadora de una empresa de seguridad que cobra al mes estas cantidades en 14 pagas:

  • Salario base: 1.100 euros

  • Plus de nocturnidad: 121 euros

Total mensual: 1.221 euros

Antes del cambio:

La empresa podía hacer lo siguiente: como la suma del salario base y el plus de nocturnidad ya alcanza el SMI de 2026, no subía nada, porque la subida del SMI quedaba absorbida por el plus de nocturnidad, aunque ese complemento retribuyera una condición especial del trabajo (el trabajo nocturno).

Después del cambio:

Con la nueva regulación que excluye de la compensación determinados pluses, el plus de nocturnidad no puede utilizarse para cubrir el SMI. Por tanto, la empresa tendría que aumentar el salario base hasta 1.221 euros y pagar además los 121 euros del plus de nocturnidad.

Por lo tanto, la trabajadora pasaría a cobrar:

  • Salario base: 1.221 euros

  • Plus de nocturnidad: 121 euros

Total mensual: 1.342 euros

Si tu salario base está por debajo del SMI, conviene revisar qué complementos cobras.

El nuevo Real Decreto puede suponer un cambio sustancial para muchos trabajadores que pueden ver cómo su salario mensual aumenta. Actualmente se encuentra en trámite de información pública. Lo puedes consultar aquí.

Si crees que tu empresa no está cumpliendo con la normativa sobre SMI y quieres reclamar, contacta con nuestro equipo de abogados laboralistas para que analicen tu caso y te den opciones.

CUÉNTANOS TU CASO

Sobre el autor:

javier jareño abogado

Javier Jareño

Abogado Laboralista

Lawe Abogados Barcelona

Artículos Relacionados
golpe de calor

¿Qué responsabilidad tiene un empresario ante un golpe de calor del trabajador?

El 28 de junio, la trabajadora de la limpieza de Barcelona, Montserrat A., volvió a ...
Leer más
documentación fogasa

¿Qué ocurre si mi Abogado no presenta la documentación en el FOGASA?

Mira, esto no debería contártelo, porque va en contra de mi propia profesión, pero te ...
Leer más
Scroll al inicio