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Reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: impacto para trabajadores y empresas

JAVIER JAREÑO

Hace 30 años que se aprobó la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y, en ese momento, nadie hablaba de teletrabajo, inteligencia artificial, desconexión digital o salud mental en el trabajo. Hoy, sin embargo, la IA forma parte de nuestro día a día, podemos recibir mensajes de trabajo a cualquier hora y la salud mental tiene mucha más importancia. Está claro que la ley debía ponerse al día.

¿Qué cambia en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?

Lo más importante es que la prevención de riesgos ya no se centra solo en daños físicos, sino que también considera la salud mental, las nuevas formas de trabajar (teletrabajo) o la digitalización.

Los cambios más relevantes que traerá la nueva ley son los siguientes:

  • Ampliación del concepto de “daños a la salud derivados del trabajo”. La norma ya no se refiere solo a daños físicos, sino también mentales, cognitivos, conductuales, sociales y emocionales.

  • Cambio en la definición de “condición de trabajo”. Durante los últimos años hemos vivido momentos de catástrofes naturales como la Dana y con esta nueva norma se considera condición de trabajo a cualquier característica que pueda afectar a la salud física o mental de los trabajadores o al desarrollo del trabajo, incluyendo las que deriven del cambio climático y de las catástrofes naturales. Por ejemplo, un trabajador de limpieza viaria que trabaja durante una ola de calor debe recibir un cuidado especial para cuidar su salud y evitar el trabajo durante las horas de más calor y recibir hidratación.

  • Reconocimiento del derecho a la desconexión digital. Es un derecho que ya se regula en el Estatuto de los Trabajadores y en la ley de Protección de datos, pero ahora se integra como una parte de la prevención de riegos laborales. Recibir mensajes de trabajo a cualquier hora no es normal, tenemos derecho a descansar y desconectar como parte del cuidado de la salud mental.

  • Ampliación de la definición de violencia y acoso para incluir sistemas de IA o algorítmicos.

  • Modificación de la evaluación de riesgos. Anteriormente, el enfoque era genérico, pero con la normativa actual se deben incluir elementos como la perspectiva de género y edad. La adaptación de puestos de trabajo se deberá realizar considerando la perspectiva de género, esto quiere decir, que se deben considerar diferencias biológicas como la antropometría, la composición corporal, los ciclos hormonales y los órganos reproductivos. En la evaluación de riesgos se incluyen elementos como los protocolos de retorno al trabajo tras ausencias de seis meses o más debido a problemas de salud y adaptación de los equipos de protección según las características físicas individuales de cada persona.

Durante muchos años los equipos de protección estaban diseñados para los hombres, la reforma considera las diferencias físicas entre trabajadores.

  • Formación. La formación ya no puede ser algo genérico que se hace online, porque podría declararse nula por la inspección de trabajo. Deberá ser presencial, se deberá repetir tras una ausencia prolongada del trabajador y también si se ve que las actividades preventivas no son adecuadas. Además, el empresario debe garantizar que la formación sea comprensible por el trabajador y acorde al riesgo.

  • No basta con un reconocimiento médico para vigilar la salud. El concepto de salud se amplía por lo que ya no vale con un simple reconocimiento médico, porque se debe vigilar también la salud mental. La vigilancia de la salud es necesaria en tres momentos: cuando comienza la relación laboral, de forma periódica y cuando se produce una ausencia prolongada por motivos de salud de seis meses o más.

En definitiva, el proyecto de reforma se centra en el sentido más amplio de la salud del trabajador y será desarrollado por un reglamento para promover entornos de trabajo saludables.

¿Cómo afecta la reforma a los trabajadores?

Como trabajador lo que puedes esperar de la nueva norma es:

  • Una evaluación de riesgos más personalizada.

  • La adaptación de los equipos de protección y del puesto a tu caso concreto.

  • Una mayor protección frente a riesgos psicosociales.

  • Más atención a tu salud mental.

¿Qué tendrán que hacer las empresas?

Las empresas tendrán que realizar varias acciones:

  • Revisar las evaluaciones de riesgos laborales para adaptarlas a los nuevos requisitos.

  • Evitar riesgos laborales derivados de la digitalización.

  • Actualizar protocolos de actuación en diversos ámbitos como el acoso laboral.

  • Adaptar la formación para que no sea un mero trámite y cumpla con la ley.

  • Prestar más atención a la salud mental de los trabajadores.

La ley está a punto de cambiar para adaptarse a una realidad muy diferente a la que existía cuando se creó, por lo que debemos estar atentos para ver cómo evolucionan los cambios y cuál es el texto definitivo.

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Sobre el autor:

javier jareño abogado

Javier Jareño

Abogado Laboralista

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