En muchos contratos de trabajo, principalmente en puestos de cierta responsabilidad, se suele poner una parte fija de remuneración y una parte de retribución variable, también llamado «bonus por objetivos».
Las partes variables pueden ser complementos que varíen cada mes y también, pueden ser un porcentaje del salario fijo que se abona a final de año.
Ejemplo: Retribución fija anual 100.0000 euros y parte variable, el 15% de esa parte fija en función de unos objetivos que fijarán entre las partes y que se evalúan cuando termine el año.
Es decir, que, si se pactan unos objetivos y se consiguen, al final del año, al margen de esa parte fija, existirá la opción de cobrar 15.000 euros más.
¿Quién tiene que fijar los objetivos?
Los objetivos anuales generalmente tiene que ponerlos la empresa. Se puede hacer entre las partes, se acuerdan, se llevan al papel, se firman y ya esta.
Pero como decimos, generalmente, es una cosa que la empresa piensa en función de muchos factores, plantea al empleado y se firma.
¿Qué pasa si no se firma ningún objetivo?, ¿cómo sé si lo he conseguido o no?
Cuando se esta negociando un contrato cualificado, es normal darle al trabajador el “caramelo” de una parte interesante en formato variable.
Luego, conforme el año avanza, puede que eso se fije o no.
Pues bien, el tema es, que si era la empresa quien no quiso fijar los criterios para llegar a los objetivos, el trabajador puede pensar, pues mala suerte, no cobraré nada.
Llevamos ya tiempo probando y siempre sale bien. Cuando los objetivos no se han fijado por causas exclusivamente imputables a la empresa, el trabajador tiene derecho a la reclamación y cobro de la parte proporcional del objetivo.
Conclusión: Si tienes en el contrato una parte de tu salario de forma variable en función de unos objetivos y esos objetivos no se han fijado, no lo dejes, llámanos y te explicaremos cómo proceder para que puedas cobrar esos objetivos que la empresa no te quiso fijar, somos especialistas en Derecho Laboral y reclamaciones de bonus anuales por parte de los trabajadores, estamos en la Ciudad Judicial, en L’Hospitalet del Llobregat (Barcelona).
Sobre el autor:
Abogado Laboralista
Lawe Abogados Barcelona