
Si cada mañana entras al trabajo con un nudo en el estómago porque temes los continuos comentarios humillantes de tu jefe y sus amenazas, no estás ante una crítica constructiva o un conflicto puntual y normal con él, se trata de un caso de acoso laboral y puede ser delito. Una cosa es que tu jefe se enfade contigo porque has llegado tarde varios días seguidos y otra es una amenaza. Eso sí puede ser constitutivo de un delito de acoso laboral. En este artículo vamos a contarte en qué casos el acoso laboral es delito, qué requisitos debe reunir y cómo probarlo.
¿Qué es el delito de acoso laboral?
Lo primero que debemos tener claro es que no todos los casos de acoso laboral son delito. Para que se considere que existe un delito se deben reunir las características que establece el Código Penal en el artículo 173.1 párrafo 3:
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Que se produzca en el ámbito de una relación laboral o funcionarial.
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Que el acosador se aproveche de su relación de superioridad.
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Que el acosador realice actos contra otra persona que sean hostiles o humillantes y que supongan un grave acoso contra la víctima.
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Que exista una reiteración en la realización de los actos.
Elementos del delito de acoso laboral
En base a la definición del delito de acoso laboral vemos que tiene tres elementos esenciales:
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Reiteración de la conducta. Es decir, no es un acto aislado, deben de ser actos que se produzcan varias veces a lo largo del tiempo, de manera que el ambiente laboral sea incómodo y negativo. No es un grito aislado, es una rutina de desprecio hacia ti día a día.
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Problemas de salud de la víctima. El acoso laboral produce efectos negativos como estrés, problemas de sueño, depresión etc. No se acaba cuando sales del trabajo, te afecta a la mente y al cuerpo.
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Desigualdad. El acosador suele tener una posición de poder sobre la víctima y la aprovecha para intimidarla.
¿Qué pena se puede imponer en el caso de un delito de acoso laboral?
La pena que se puede imponer es de prisión de seis meses a dos años. En el caso en que el responsable sea una persona jurídica, es decir, la empresa, se le impondrá una pena de multa de seis meses a dos años.
¿Cómo probar que existe un acoso laboral?
Si estás sufriendo acoso laboral y crees que puede ser un caso de delito, lo primero que tendrás que hacer es contactar con un abogado laboralista que te asesore sobre la situación. Además, deberás recabar toda la información necesaria para probar la existencia del delito de acoso laboral, por ejemplo:
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Copia de correos, mensajes de WhatsApp u otro tipo de comunicaciones que hayas tenido con el acosador.
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Testimonio de otras personas que han asistido a la situación.
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Informes médicos que prueben el efecto que está teniendo la situación en tu salud.
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Llamadas grabadas que demuestren el acoso.
Tener la prueba necesaria es la clave para demostrar que es un caso de acoso laboral y que es delito.
El acoso laboral no es solo mal ambiente, puede ser un delito y puedes pararlo, defenderte y denunciarlo.
Contacta con nosotros, en Lawe Abogados somos abogados laboralistas expertos en acoso laboral o moobbing. Analizaremos tu caso y te orientaremos para proteger tus derechos como trabajador.
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Abogado Laboralista
Lawe Abogados Barcelona