¿Es legal instalar cámaras de videovigilancia en tu trabajo?

cámaras de videovigilancia

Entras en la tienda en la que trabajas un lunes cualquiera. Levantas la vista y… ¡pum! Cámaras nuevas por todas partes. Nadie te ha dicho nada, pero sientes que te están mirando hasta cuando respiras. Y piensas: ¿esto es legal? La medida te parece algo excesiva y te da la sensación de que invade tu privacidad. En este artículo vamos a analizar si es legal o no poner cámaras de videovigilancia en la empresa.

¿Para qué se pueden instalar las cámaras de videovigilancia?

Por lo general se utilizan para proteger el negocio y también para proteger y controlar a los trabajadores. Vamos a ver lo que dice la ley:

El Estatuto de los Trabajadores establece que el empresario puede adoptar medidas de vigilancia para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones, siempre y cuando se respete su dignidad.

¿Se protege tu privacidad? Sí, por supuesto

La Ley de Protección de Datos Personales, regula la posibilidad de que los empresarios puedan tratar imágenes obtenidas por cámaras o videocámaras, pero, deberán informar antes de forma expresa a los trabajadores. Además, las cámaras no se pueden instalar en lugares de descanso de los trabajadores, en vestuarios, aseos o comedores.

Por lo tanto, se pueden instalar cámaras, pero no en cualquier sitio, ya que se debe proteger la privacidad e intimidad de los trabajadores, y se debe informar antes a los trabajadores.

Tres usos de cámaras que sí son ilegales

Hemos visto varios usos de cámaras que son legales, pero hay supuestos en los que se considera que son ilegales:

  • Uso de cámaras en lugares de descanso, vestuarios, aseos o comedores. Se considera que son lugares donde se debe preservar la privacidad e intimidad del trabajador, por lo que no es posible instalar cámaras.

  • Grabación de sonidos. Como regla general no se pueden grabar sonidos, solo se podrán grabar sonidos cuando sean relevantes para la seguridad de las instalaciones, de los bienes o de las personas derivados de la actividad que se realizan en el centro de trabajo. En estos casos se deberán respetar los principios de proporcionalidad e intervención mínima.

  • Uso de cámaras ocultas. La Ley de protección de datos no contempla esta posibilidad ya que se incumpliría el requisito de informar a los trabajadores. Sin embargo, hay alguna sentencia del Tribunal Supremo que ha admitido este uso en casos concretos.

¿Qué requisitos se deben cumplir para que pueda haber cámaras de videovigilancia en mi trabajo?

Ya hemos visto los tres tipos de usos que no se pueden realizar. Además, la ley establece varias limitaciones:

  • Las imágenes que se capten solo pueden utilizarse para el fin para el que se recogieron, no para otro diferente. Por eso se debe informar a los trabajadores tanto de la instalación como del objetivo de esa instalación.

  • Además, esas imágenes solo pueden conservarse por un plazo de un mes desde que se captaron, salvo que sean la prueba de que se ha cometido un delito. En ese caso las imágenes deben entregarse a la policía para que analice el caso de forma inmediata.

Por lo tanto, es cierto que puede haber cámaras en tu lugar de trabajo, pero se tienen que cumplir todos los requisitos que hemos visto:

  • Información a los trabajadores.

  • Instalación en lugares adecuados.

  • No grabación de sonido.

  • Conservación solo durante un mes.

  • Recogida de imágenes solo para el fin definido.

Si en tu empresa se han instalado cámaras de videovigilancia y tienes dudas sobre su legalidad, contacta con nosotros para que analicemos tu caso y te asesoremos.

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Sobre el autor:

javier jareño abogado

Javier Jareño

Abogado Laboralista

Lawe Abogados Barcelona

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